La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte -IDH), declaró al Estado de Nicaragua en «desacato» ya que no ha cumplido con tres resoluciones donde ordena la libertad de al menos 21 líderes de la oposición, entre ellos cinco aspirantes a la Presidencia.
La Corte considera que «la posición asumida por Nicaragua en los escritos presentados a esta Corte referidos a su rechazo y no aceptación de las medidas provisionales y la efectiva inobservancia de lo ordenado en las resoluciones de 24 de junio, 9 de septiembre y 4 de noviembre de 2021, constituye un acto de desacato a la obligatoriedad de las decisiones dictadas por este Tribunal«.
La decisión del Estado de Nicaragua, señala la Corte-IDH, es contraria al principio internacional de acatar las obligaciones «convencionales de buena fe y un incumplimiento al deber de informar al Tribunal».
El incumplimiento del Estado de Nicaragua a dichas resoluciones será incorporado en el informe anual del organismo el cual será conocido por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), de acuerdo al artículo 65 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Dicho artículo expresa que la Corte someterá a la consideración de la Asamblea General de la OEA, en cada periodo ordinario de sesiones un informe de su labor del año anterior, exponiendo las recomendaciones y «señalará los casos en que un Estado no haya dado cumplimiento a sus fallos».
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El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), expuso que el incumplimiento de Nicaragua es un acto sin precedente y «significa que ante el incumplimiento del Estado de Nicaragua a la resolución de la Corte-IDH, la propia Asamblea General de la OEA tendrá que intervenir y obligarlos a cumplir».
«Para el Cenidh está resolución evidencia el empeño de los organismos del Sistema Interamericano de protección a los Derechos Humanos de las y los nicaragüenses, víctimas del régimen Ortega Murillo», señaló el organismo.
El pasado 19 de noviembre la dictadura denunció la Carta de la OEA argumentando una supuesta “injerencia” en los “asuntos internos” de Nicaragua. La decisión fue en respuesta a la aprobación de una resolución en la 51 Asamblea General que declaró que los recientes comicios «no fueron libres, justas ni transparentes y no tienen legitimidad democrática».
BENEFICIARIOS DE LAS RESOLUCIONES
En dichas resoluciones el tribunal exigía la liberación inmediata de Juan Sebastián Chamorro, José Adán Aguerri, Félix Maradiaga, Violeta Granera, Tamara Dávila, Lesther Alemán y Freddy Navas.
También ha ordenado la liberación de Cristiana Chamorro, Pedro Joaquín Chamorro, Walter Gómez, Marcos Fletes, Pedro Vásquez, Arturo Cruz, Luis Rivas Anduray, Miguel Mora, Dora María Téllez, Ana Margarita Vijil; Suyén Barahona, Hugo Torres, Víctor Hugo Tinoco y José Pallais.
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La Corte -IDH reitera que se debe de liberar a los beneficiarios de sus medidas y se debe de abstener «ordenar la detención o cualquier otra medida restrictiva de la libertad de la señora Lourdes Arróliga», quien se encuentra en el exilio y tiene orden de captura.
Las resoluciones se basan en la situación de “extrema gravedad y urgencia” en que se encuentran los detenidos y ordena liberarlos para “evitar daños irreparables” .
En la mayoría de los casos las autoridades han adoptado medidas para prolongar sus detenciones y no se ha facilitado el contacto periódico con los familiares y abogados.
«A lo anterior se suma la información aportada por los representantes, referida a las condiciones de detención y falta de acceso a servicios de salud y medicamentos, que implican, prima facie, un incremento en la situación de riesgo identificada por la Corte en sus resoluciones», expone el organismo.
A la fecha, el Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas reconoce que en Nicaragua hay al menos 159 los presos políticos.