¿En qué consiste y cómo demostrar el temor creíble que evaluará Estados Unidos para otorgar el asilo?
¿Qué es el asilo y cómo pedirlo en Estados Unidos?, ¿qué preguntan en la entrevista y cómo responder? En esta guía te lo contamos.
explicador | Gato Encerrado
- May 31, 2022
- 09:32 PM
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Pedir asilo en Estados Unidos desde este 31 de mayo ya no es lo mismo que antes. Usted llegaba a la frontera, expresaba su voluntad de solicitar protección y tenía derecho a quedarse a esperar una resolución que podría tardar años.
Desde ayer las autoridades de Inmigración empezaron a implementar el denominado “Procedimientos para la Verificación de Temor Creíble y Consideración de Asilo, Suspensión de Deportación y Solicitudes de Protección por parte de los Oficiales de Asilo”.
Con esta nueva regla los migrantes que llegan principalmente a través de la frontera con México, serán llevados a dos centros de detención temporal en Texas y serán los oficiales de Inmigración —y no un juez, como correspondía hasta antes del 31 de mayo— quienes determinen si cada migrante es elegible o no para un proceso de asilo en Estados Unidos.
Los oficiales de asilo llevarán a cabo entrevistas de temor creíble por teléfono en estos dos lugares, incluso para las personas que posteriormente pueden ser referidas a Inmigración para una entrevista de méritos de asilo después de una determinación positiva de temor creíble.
Las autoridades lo explican así: Las personas que cualifican para asilo recibirán protección más rápidamente, y aquellos que no son elegibles serán expulsados de inmediato en lugar de permanecer en Estados Unidos durante años mientras sus casos están pendientes.
¿QUÉ ES EL TEMOR CREÍBLE?
Si usted acaba de llegar a los Estados Unidos sin permiso y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede que se encuentre en el proceso de “temor creíble”.
Así lo explica la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) de Estados Unidos.
Pero “temor creíble” no es lo mismo a un “temor razonable”, aunque cualquiera de los dos es válido para pedir asilo en Estados Unidos.
Si usted ha sido deportado anteriormente, tiene una orden previa de deportación o ha sido sentenciado por un delito mayor con agravante, no es un residente legal permanente y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede que se encuentre en el proceso de “temor razonable”.
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Estos procesos hacen referencia a dos diferentes tipos de entrevistas que usted puede tener con un oficial de asilo para determinar si puede tener una audiencia con el juez para pedir protección por medio de asilo. Los procesos para temor creíble y temor razonable son distintos al proceso regular de deportación y pueden ser complicados, especialmente si usted se encuentra o llega a ser detenido.
Usted, por ley, tiene derecho a pedirle a los Estados Unidos protección contra la persecución y la tortura en su país de origen. Este es un derecho a pedir protección, únicamente. No significa necesariamente que los Estados Unidos deban permitirle quedarse en el país, o que el gobierno no pueda deportarlo.
En la práctica, significa que, si usted ha expresado miedo diciéndole a un oficial de Inmigración que tiene miedo de ser deportado a su país de origen, debe tener la oportunidad de ver al oficial de asilo y contarle su historia. Usted ejerce su derecho de buscar protección al expresar su temor y empezar el proceso de temor creíble o temor razonable. Esto significa que usted después tal vez tenga la oportunidad de pedir asilo.
EL ASILO Y LA ENTREVISTA
El asilo es un tipo de protección para evitar la deportación. Si un juez de inmigración le concede asilo, ha decidido que, si a usted lo deportan, será perseguido en su país de origen.
Usted podrá obtener asilo si ha sido perseguido en el pasado o si puede demostrar que será perseguido en el futuro si es deportado.
En la entrevista usted tendrá la oportunidad de explicar por qué tiene miedo de ser deportado. El oficial de asilo le preguntará sobre usted y su familia y le hará preguntas específicas sobre el porqué de su temor.
“Debe contestar a todas las preguntas con honestidad y, cuando no esté seguro o no sepa alguna respuesta, decírselo al oficial de asilo”, recomienda ACNUR.
Las preguntas se enfocarán en su temor, y no en si usted es buena persona o si merece quedarse. “Mucha gente piensa que si pueden demostrar que son buena gente y que solo vinieron a los Estados Unidos para trabajar y ayudar a su familia podrán quedarse. Pero esto no es cierto. Lo importante es por qué tiene miedo de regresar a su país”, explica la agencia.
LAS PREGUNTAS
El oficial querrá que le diga lo siguiente en la entrevista:
¿Quién le hizo daño, persiguió o torturó (o quién le hará daño en el futuro)? Si fue la policía o alguien del gobierno, ¡asegúrese de mencionarlo!
¿Por qué lo hicieron (o lo harán)? No es esencial, pero es útil si fue por alguna razón relacionada con usted en particular en lugar de que alguien simplemente quería dinero, o estaba borracho o algo similar.
Por ejemplo, debe explicar si le hicieron daño por su raza, religión, nacionalidad, opinión política, o por ser miembro de algún grupo en particular (orientación sexual, género, discapacidad).
Se debe especificar el por qué. Si le dice al oficial que sabe que le hicieron daño por sus ideas políticas, explique con precisión cómo sabe que fue por esa razón. ¿Le dijo algo la persona que le hizo daño sobre la razón por la que le hacía daño? La persona que le hizo daño, ¿vestía de alguna manera en particular que le ayudó a usted a conocer sus motivos? Piense en todas las pistas que dio la persona que lo persiguió que le hayan ayudado a llegar a una conclusión sobre su motivación.
También es importante demostrar cómo estuvo involucrado el Gobierno de su país. Si el gobierno no le hizo daño, persiguió o torturó, ¿qué fue lo que el gobierno de su país, incluyendo la policía, hizo para prevenirlo? ¿Se lo reportó a ellos? ¿Hicieron algo al respecto? ¿Le ayudaron? En otras palabras, ¿puede demostrar que el gobierno de su país, incluyendo las autoridades locales, o bien no quiso o bien fue incapaz de protegerlo?
DESPUÉS DE LA ENTREVISTA
Esta primera entrevista es simplemente para determinar si usted tiene o no un temor creíble o temor razonable para después pedir asilo oficialmente.
Luego vendrá una segunda Entrevista de Méritos de Asilo (AMI, por sus siglas en inglés).
Con la nueva regla puesta en marcha este 31 de mayo, y que se aplicará de manera gradual, inicialmente, los referidos para entrevistas de méritos de asilo se limitarán a aquellas personas que indiquen a Inmigración y Aduanas la intención de residir en una de las siguientes seis ciudades: Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark o San Francisco.
Si usted aprueba la entrevista NO significa que haya ganado el caso. Solo significa que tendrá la oportunidad de contar su historia.
Si en esa segunda entrevista Inmigración encuentra que la persona es elegible para asilo, la persona recibirá una carta de otorgación informándole de los beneficios aplicables y los procedimientos relacionados.
Si Inmigración no otorga asilo, se remitirá el caso para procedimientos de remoción simplificados (deportación).
Nota: ACNUR Estados Unidos brinda asistencia a solicitantes de asilo. Puede encontrar toda la información en este enlace.