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La CorteIDH condena a Bolivia por desaparición forzada en 1980

Sentencia: Bolivia es responsable internacional por la desaparición forzada del señor Flores Bedregal y la violación de sus derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad y libertad personales

Fotografía de archivo de una sesión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). EFE/Jeffrey Arguedas

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este viernes al Estado de Bolivia por la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, en el año 1980, en el marco de un golpe de estado liderado por el general Luis García Meza Tejada, fuerzas militares y paramilitares.

La sentencia, notificada hoy a las partes, indica que Bolivia es responsable internacional por la desaparición forzada del señor Flores Bedregal y la violación de sus derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad y libertad personales, así como por la violación de los derechos a las garantías judiciales, al acceso a la información, a la protección judicial, e integridad personal y el derecho a conocer la verdad en perjuicio de sus hermanas.

«La Corte determinó la desaparición forzada del señor Flores Bedregal según los hechos del 17 de julio de 1980, al ser privado de la libertad en el contexto del golpe de estado, con la participación de agentes estatales y paramilitares, y que hasta la fecha no se ha proporcionado información certera sobre su paradero o la ubicación de sus restos», cita el documento oficial.

EL CASO

El caso se remonta a 1980 cuando el general García Meza Tejada, fuerzas militares y paramilitares atacaron y ocuparon el edificio de la Central Obrera Boliviana (COB).

La demanda explica que en ese momento, Flores se encontraba dentro de la infraestructura junto a otras personas. Todos fueron obligados a bajar las escaleras y a salir del lugar con las manos hacia arriba, en medio de un intercambio de balazos. Flores Bedregal, fue alcanzado por una ráfaga de disparos y desde ese entonces se desconoce su paradero.

«Existió una falta de la observancia de la diligencia debida respecto al desarrollo de la investigación y proceso penal. Existió una demora excesiva e injustificada en la tramitación del proceso para investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos. Después de más de cuatro décadas desde el comienzo de la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, continúa pendiente el juzgamiento y eventual sanción de los responsables», indica la sentencia.

Según la Corte, el Estado de Bolivia «incumplió con su deber de adoptar disposiciones o medidas en su ámbito interno a fin de proteger y asegurar la vigencia de los derechos violados como resultado de la desaparición forzada de la víctima, y no se han llevado adelante todos los esfuerzos necesarios para esclarecer el paradero de la víctima o localizar sus restos, en violación del derecho a la verdad de sus familiares».

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BOLIVIA MINTIÓ

El Tribunal internacional también determinó que el Estado boliviano impidió a los familiares de Flores el acceso a información relevante para el esclarecimiento de su desaparición forzada y restringió las actuaciones judiciales relacionadas con dicha información.

Como parte de la sentencia, la Corte Interamericana ordenó realizar las investigaciones para esclarecer las circunstancias de la desaparición, aplicar medidas de no repetición, así como pagar la indemnización por daños materiales e inmateriales.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia.

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