Ortega inicia el proceso para sustituir a la sancionada fiscal Ana Julia Guido
El Parlamento argumenta que a la Fiscal General y al adjunto se les venció el periodo para el que fueron electos.
- July 25, 2023
- 05:08 AM
- Despacho 505
- Copyright Despacho 505
La Asamblea Nacional, dominada por el orteguismo, aprobó por unanimidad este martes el proceso de convocatoria para que el Presidente de la República y los diputados presenten candidatos a los cargos de Fiscal General y Fiscal General Adjunto de la República.
La convocatoria, según la resolución del Parlamento,es ante el cumplimiento del periodo para que el fueron electos dichos funcionarios. El cargo de Fiscal General lo ejerce Ana Julia Guido, quien recientemente fue condecorada por el dictador con la Orden Augusto C. Sandino.
Guido fue sancionada por Estados Unidos por trabajar en conjunto con la Policía Orteguista en la fabricación de casos contra presos políticos y sus familias. El fiscal General adjunto es Julio González, quien está "bajo la subordinación directa del titular, a quien sustituirá en sus ausencias o impedimentos temporales o definitivos mientras se produzca el nombramiento del propietario, así como en los casos de excusa y recusación".
“Convocar al Presidente de la República y a los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional para que presenten candidatos y candidatas para ser electos como Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto de la República”, detalla la resolución.
PLAZO PARA PRESENTAR CANDIDATOS
La resolución indica que las propuestas de los candidatos deben ser presentada con los “documentos necesarios que demuestren la idoneidad para ocupar los cargos, ante la Secretaría Legislativa de la Comisión Especial de Carácter Constitucional, dentro del plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente resolución de convocatoria en La Gaceta, Diario Oficial”.
LEA TAMBIÉN: Ortega oficializa al hermano de Denis Moncada como embajador en Siria, otro caso de nepotismo en el Servicio Exterior
Guido fue subdirectora de la Policía, posterior a su retiro de la institución policial fue nombrada fiscal General Adjunta y en abril del 2014 fue nombrada por el Parlamento como Fiscal General del Ministerio Público.
La Ley del Ministerio Público establece que el Fiscal General y el Fiscal General Adjunto son electos por un periodo de cinco años contados desde la toma de posesión. "Su elección requerirá al menos el voto favorable del sesenta por ciento del total de diputados".
COMISIÓN ESPECIAL CONSTITUCIONAL PARA VARIOS CARGOS DE ELECCIÓN
El sancionado diputado y presidente de la Junta Directiva, Gustavo Porras, informó que se acordó conformar la comisión especial de carácter constitucional que elaborará el informe de consulta y dictamen de cargos públicos. La vigencia se esta se extiende hasta el 15 de diciembre del presente año.
La comisión tendrá la función de “verificar la calificación” de los propuestos, así como reunirse con los candidatos para luego emitir su informe evaluativo. La instancia estará integrada por María Auxiliadora Martínez Corrales (FSLN) quien la presidirá; Edwin Castro Rivera (FSLN); Irma Dávila Lazo (FSLN); Jenny Martínez Gómez (FSLN); Wálmaro Gutiérrez Mercado (FSLN); Lester Flores Mayorga (PLC) y Mario Asensio Flórez (PLI).
“La presente comisión especial de carácter constitucional tendrá vigencia hasta el 15 de diciembre del año en curso”, leyó Porras quien añadió que esta comisión también analizará la elección de los cargos que "seguirían".
La Ley Orgánica del Ministerio Público establece los siguientes requisitos para postularse al cargo:
- Ser nacional y si adquirieron otra nacionalidad debieron haber renunciado a ella al menos cuatro años antes de la fecha de la elección.
- Ser abogado de moralidad notoria, haber ejercido la profesión por lo menos durante diez años o haber sido magistrado de los Tribunales de Apelaciones durante cinco años”.
- Estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles.
- Ser mayor de 35 años y menor de 75 años.
- No haber sido suspendido de su ejercicio de la abogacía y del notariado por resolución judicial firme.
- No ser militar en servicio activo, o siéndolo haber renunciado por lo menos doce meses antes de la elección.
- Residir de forma continuada en el país los cuatro años anteriores a la fecha de su elección, salvo que durante dicho período cumpliere misión diplomática, trabajare en organismos internacionales o realizare estudios en el extranjero.