La Policía impone nuevo límite de velocidad en carreteras: 50 km/h, como ordenó Ortega

La Policía Orteguista anunció que a partir de este martes 17 de junio habrá una nueva y más drástica reducción en los límites de velocidad en las carreteras de Nicaragua: todos los vehículos —incluidos los particulares— deberán circular a un máximo de 50 kilómetros por hora.

La medida llega apenas una semana después de que la propia jefa de Tránsito, comisionada Vilma Reyes, anunciara un límite operativo de 80 km/h, en desacato parcial a la Ley 431 que aún establece 100 km/h como velocidad máxima en carretera. Con esta nueva disposición, se cumple en la práctica la orden del dictador Daniel Ortega, quien públicamente pidió un plan para reducir la velocidad a entre 50 y 60 km/h.

Como novedad, el comunicado también establece un límite especial para motocicletas, que no podrán superar los 40 kilómetros por hora, y prohíbe que se transporte a niños como pasajeros en estos vehículos. La medida entra en vigor de forma inmediata, aunque todavía no hay información oficial sobre su incorporación a la normativa legal vigente.

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Además del nuevo límite de velocidad, la Policía prohíbe transportar a niños y niñas como pasajeros en motocicletas, una medida que endurece las restricciones para este tipo de vehículos que concentran buena parte de los accidentes y muertes en las vías del país.

Incumplir los nuevos límites implica una multa de 2,500 córdobas por exceso de velocidad, según la regulación que la Dirección de Tránsito ya aplica, aunque no esté incorporada formalmente en la Ley 431. La sanción aplica tanto para conductores de vehículos particulares como de transporte público y motociclistas.