Ley de Agentes Extranjeros entra en vigor, a partir de hoy hay 60 días para inscribirse
La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros ha sido publicada este lunes en La Gaceta, Diario Oficial. Aunque las remesas están exentas, el Banco Central aún no publica resolución que indique qué será interpretado o no como una remesa.


- October 19, 2020
- 02:14 AM
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La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, conocida como “Ley Putin” ya está vigente en Nicaragua. Esta ley con la que el régimen de Daniel Ortega se otorga facultades para realizar espionaje financiero, intervenir fondos y hasta suspender personerías jurídicas, ha sido publicada este lunes en La Gaceta, Diario Oficial.
La entrada en vigencia de la ley se da a cuatro días de su aprobación en la Asamblea Nacional donde 70 diputados orteguistas aprobaron la iniciativa.
Con la entrada en vigencia de la ley, el régimen se otorga la facultad de llevar un registro que le permite realizar una especie de espionaje financiero sobre las organizaciones de la sociedad civil, movimientos políticos y medios de comunicación independientes que reciben fondos de la cooperación internacional.
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LOS SUJETOS OBLIGADOS
Son sujetos obligados de conformidad con la ley cualquier persona natural, nicaragüense o de otra nacionalidad, o persona jurídica que dentro de Nicaragua se desempeña o trabaja como agente, representante, empleado, servidor o en cualquier otra actividad que sean supervisadas, dirigidas, controladas, financiadas o subsidiadas, en su totalidad o en parte, por personas naturales, gobiernos, capital, empresas o fondos extranjeros directamente o por medio de terceras personas naturales o jurídicas.
Para tal fin se crea el Registro de Agentes Extranjeros el que estará a cargo del Ministerio de Gobernación, ente ante el cual deberán inscribirse todos los sujetos obligados.
A partir de este lunes, todos los que se consideran “agentes extranjeros” tienen un plazo de 60 días hábiles para registrarse.
El Artículo 15 sobre el incumplimiento por no inscripción señala que cuando la autoridad competente tenga conocimiento de la existencia de personas naturales o jurídicas que actúan como agentes extranjeros y no acudan a registrarse, “se procederá a notificar el deber de cumplir con dicha obligación dentro del plazo no mayor de cinco días hábiles”.
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En caso de que la persona natural o jurídica una vez transcurrido el plazo señalado no se inscriba, “la autoridad competente aplicará multas, podrá solicitar la cancelación de la personería jurídica a la instancia respectiva en el caso de las personas jurídicas, todo sin perjuicio de las responsabilidades penales por la realización de actos que amenazan la seguridad soberana de la nación determinada por la autoridad judicial”, detalla la ley.
En cualquier caso, la negativa a inscribirse autoriza Gobernación a impedir la realización de las actividades y previa autorización judicial “podrá intervenir los fondos y activos de la persona natural o jurídica que se niega a cumplir la ley”.
LAS REMESAS FAMILIARES
Aunque la "Ley Putin tiene" sus excepciones, tras ser modificada el pasado lunes antes de su aprobación, en el caso de las remesas familiares que reciben miles de personas en el país, aún no está definido qué será interpretado como tal y, por tanto, no tener la obligación de registrarse como un “agente extranjero”.
“Quedan exceptuadas las personas naturales que reciben remesas familiares, entendiéndose como remesa familiar la que para tal efecto determine el Banco Central mediante resolución del Consejo Directivo”, destaca la normativa.
Sin embargo, hasta ahora el Banco Central no ha dado a conocer esta resolución. La interpretación de lo que será o no visto como una remesa familiar estaría condicionada a la periodicidad de los envíos y los montos.
En todo caso, todas las personas exentas por la ley que lleguen realizar “actividades que derivan de injerencia de personas naturales o jurídicas, gobiernos y organizaciones extranjeras, en los asuntos internos y externos de Nicaragua, se aplicará las disposiciones correspondientes de la legislación vigente”.
ESPIONAJE FINANCIERO Y PODER DE CONGELAR FONDOS
A partir de ahora los agentes extranjeros están obligados a informar a Gobernación previamente de cualquier transferencia de fondos o activos que vayan a recibir del extranjero del tipo o naturaleza que sean, para desarrollar sus actividades debiendo expresar en dicho informe el uso y destino de los mismos.
“Los agentes extranjeros deben presentar mensualmente ante la autoridad competente un informe documentado, detallado y verificable de gastos, pagos, desembolsos, contrataciones y demás actividades vinculadas a su desempeño como agentes extranjeros. La suma de gastos se debe corresponder con el monto de los ingresos y bienes recibidos”, estipula la ley.
Sobre las donaciones recibidas la ley indica que las donaciones que reciben las personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro de Agentes Extranjeros “no podrán ser utilizadas para financiar actividades no declaradas previamente”.
BLOQUEA CANDIDATURAS DE LÍDERES OPOSITORES
El artículo 14 sobre agentes extranjeros detalla que quienes sean nicaragüenses o de otras nacionalidades que actúen como “agentes extranjeros”, deben abstenerse so pena de sanciones legales, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna y externa. Tampoco pueden financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones, o alianzas políticas o asociaciones, que desarrollen actividades políticas internas en Nicaragua.
“En el caso de las personas naturales, no podrán ser funcionarios, empleados públicos, o candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza”, indica la propuesta de ley.
Con estos artículos el régimen estaría vetando las candidaturas de líderes opositores o dirigentes de organizaciones como los miembros de la Coalición Nacional.