Sandinistas proponen reformas electorales que inhiben a opositores

Los 68 diputados de la bancada sandinista en la Asamblea Nacional presentaron la propuesta de la reforma de la Ley Electoral ante la primera secretaría.

None
default.png
  • April 12, 2021
  • 09:29 AM

La bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) presentó este lunes ante la primera secretaría de la Asamblea Nacional su propuesta de reforma a la Ley Electoral, con la que pretenden inhibir a los candidatos opositores amparándose en la Ley de Agentes Extranjeros y la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz.

El artículo 81 de la propuesta de reforma señala que "no pueden ser inscritos como candidatos o candidatas a los cargos de elección señalados en el artículo 1 de la ley, quienes no llenen las calidades, tuvieren impedimentos o les fuere prohibido de conformidad con la Constitución Política de Nicaragua, Ley No. 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (...); Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz".

Además, la reforma contempla prohibir a los partidos políticos a recibir "ningún tipo de financiamiento y donaciones privadas o públicas provenientes del extranjero".

También plantean limitar el derecho a la protesta prohibiendo recurrir "a la violencia y a cualquier acto que tenga por objeto o resultado alterar el orden público o impedir el funcionamiento regular de los órganos de administración pública". y "no incurrir en actos que menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación, que inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, demanden la aplicación de sanciones económicas en perjuicio del Estado y pidan intervenciones militares", dice la reforma en consonancia con las leyes aprobadas por el Ejecutivo el año pasado bajo la crítica de ser instrumentos contra los opositores.

Además, los orteguistas pretender facultar al CSE para cancelar la personería jurídica de un partido, ya sea de oficio o a petición de la fiscalía, cuando hubiere recibido financiamiento extranjero.

REFORMA A LA MEDIDA DE ORTEGA

La iniciativa de reforma a dicha norma, se da pocas horas después de que 90 diputados aprobaran una resolución para renovar los diez cargos vencidos de los magistrados del Consejo Supremo Electoral.

Los parlamentarios y Daniel Ortega, en su carácter de presidente de Nicaragua, son los habilitados para nominar para elegir a siete magistrados propietarios y tres suplentes.

Una de las reformas que proponen los sandinistas en la Ley Electoral es incorporar de manera expresa la prohibición a los partidos políticos, alianzas de partidos, y cualquiera de sus candidatos recibir financiamiento directo o indirecto del exterior de ninguna índole bajo ningún concepto o para ningún fin.

Otro de los puntos que proponen cambiar el 4% de votos válidos para el reembolso de gastos de la campaña electoral.

La reforma presentada por la bancada sandinista elimina la posibilidad de que los diputados consulten a "Asociaciones Civiles" para la elección de los magistrados electorales propietarios y suplentes; y lo otorgan esa posibilidad únicamente a los legisladores y al presidente de la República.

La reforma también obliga designar el 50% de los cargos vacantes a magistrados para que sean ocupados por mujeres.

¿MAGISTRADOS APARTIDARIOS?

La propuesta de la bancada sandinista incluye en el artículo 8, un quinto numeral en el que supuestamente no podrán ser magistrados electorales los miembros de las juntas directivas nacionales, departamentales y municipales de los partidos políticos, salvo que renuncien a sus cargos.

En la reforma, en las atribuciones del CSE, eliminaron el numeral 9 del artículo 10, que señala la posibilidad de que el Poder Electoral demande "a los organismos correspondientes, condiciones de seguridad para los partidos políticos en las elecciones".

También eliminaron la atribución que tenía el CSE de realizar "procedimiento para la verificación y depuración del Padrón Electoral o Catálogo de Electores, según el caso".

Otras de las modificaciones a la Ley Electoral es que reducen las funciones del presidente del CSE, y a partir de ahora, el vicepresidente del CSE, será el encargado de "administrar y ejercer la representación oficial y legal del Consejo Supremo Electoral".

Además, será atribución del vicepresidente del CSE proponer "el nombramiento de los Secretarios de Actuaciones; nombrar al Secretario General y los Directores Generales, y será, a partir de ahora, el responsable de elaborar el anteproyecto de Presupuesto.

MAGISTRADOS DECORATIVOS

La reforma presentada por 68 diputados sandinista en la Asamblea Nacional limita las funciones de los magistrados electorales única y exclusivamente a participar en las sesiones que convoque el presidente de ese poder del Estado, y a aprobar con voz y votos las resoluciones. También podrá auxiliar al presidente cuando lo requiera.

A partir de ahora, ya no podrá asumir ninguna otra funciones en el CSE. La ley vigente establecía que podía "asumir funciones específicas, referentes a: cedulación, relación con los partidos políticos, organización y supervisión técnico- administrativa del proceso electoral y otras funciones ejecutivas".

La bancada sandinista se preocupó por implementar la política de 50 y 50 que implementa Daniel Ortega, ya que no solo la impuso en los cargos de magistrados, sino también en la elección de los Consejos Electorales Departamentales (CED); Consejo Electoral Municipal y Consejo Electoral Regional (CER).

Ayúdanos a romper la censura, necesitamos tu apoyo para seguir informando

Donar