Dictamen da luz verde a reforma electoral orteguista: no hay cambios de fondo, solo de palabras

Se mantienen las inhibiciones, el control policial a las manifestaciones durante la campaña y el bloqueo al financiamiento, según lo dispuesto en la Ley de Agentes Extranjeros.

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  • May 03, 2021
  • 10:18 PM

La Comisión Especial de Carácter Constitucional para ver los Aspectos Electorales de la Asamblea Nacional emitió un dictamen favorable a la iniciativa de reforma a la Ley Electoral presentada por la bancada del Frente Sandinista, que ha sido rechazada por partidos políticos y organizaciones opositoras en Nicaragua.  

El texto “mejorado” tras las consultas realizadas por la Comisión, controlada por diputados leales al régimen de Daniel Ortega, no tiene grandes diferencias con el texto de la iniciativa presentado por la bancada del Frente Sandinista el pasado 12 de abril.  

“La Comisión tomó en consideración los aportes brindados durante el proceso de consulta incorporando aquellos coincidentes con el objeto de la reforma y enriqueciendo sustancialmente el texto de ley”, indica el dictamen

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Sin embargo, los cambios son eminentemente de forma, redacción, palabras y se adecuó la iniciativa a un lenguaje de género inclusivo entre hombres y mujeres, pero no hubo cambios de fondo. Con el dictamen favorable la reforma electoral quedó lista para ser aprobada este martes en la Asamblea Nacional.  

Pese a los constantes llamados de la oposición y la comunidad internacional para realizar cambios que garantizaran unas elecciones libres y transparentes, el régimen no cedió.  

CONTROL DEL FINANCIAMIENTO  

Argumentando la realización de un estudio sobre la financiación extranjera a partidos políticos y sus candidatos, la Comisión determinó que “debe salvaguardarse los intereses de la nación” incluyendo lo regulado en la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros y la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo, la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz.  

La Comisión da luz verde para la “cancelación de la personería jurídica de los partidos que incurran en actos contrarios y de alteración al orden público, que a su vez inciten a la injerencia extranjera perjudicando y contradiciendo la norma constitucional y normas específicas, en la paz y bienestar socioeconómico del país y sus ciudadanos”. 

Además, deja abierta la posibilidad de inhibir candidatos que le incomoden al régimen. El artículo 81 de la iniciativa detalla que “no pueden ser inscritos como candidatos o candidatas a los cargos de elección quienes no llenen las calidades, tuvieren impedimentos o les fuere prohibido” de conformidad con las leyes mencionadas. 

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Los partidos políticos, alianzas de partidos o cualquiera de sus candidatos, podrán recibir donaciones de ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses, dentro de los montos, límites y con arreglo a los requisitos y condiciones establecidas por el Consejo Supremo Electoral.  

La reforma también impone que no podrán recibir financiamiento ni de privados cuando sean estos extranjeros o de nacionales estando estos en el extranjero. No podrán recibir donaciones de ningún tipo de entidad extranjera para ningún fin. 

POLICÍA DECIDIRÁ QUIÉN HARÁ ACTOS DE CAMPAÑA 

Sobre la campaña electoral, el artículo 89 señala que, para todas las actividades en la vía pública, los partidos políticos o alianzas de partidos, se regirán por las leyes de la materia.  

Para la autorización de manifestaciones públicas durante la campaña electoral se seguirá el siguiente procedimiento:  

— Los partidos políticos, o alianzas de partidos presentarán solicitud a la Policía Nacional con copia al Consejo Electoral correspondiente para la realización de la manifestación, señalando fecha, hora, día, lugar y trayecto con una semana de anticipación como mínimo 

— La Policía Nacional resolverá dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación de la solicitud 

— En caso de manifestaciones que puedan coincidir en tiempo y lugar, la Policía Nacional en coordinación con el Consejo Electoral podrá modificar la programación de las actividades, en consulta con los solicitantes para evitar alteraciones del orden público. La solicitud presentada primero tendrá preferencia. 

“Esto es gravísimo porque la Policía está totalmente politizada. La movilización de la oposición va a estar en manos de la Policía, no de la autoridad electoral, lo cual es gravísimo”, advierte el jurista, José Pallais, miembro de la Coalición Nacional. 

El opositor considera que con esta iniciativa de ley, Nicaragua retrocede en transparencia y apertura, ya que todo el énfasis está en limitar y excluir la capacidad de competición de la oposición de cara a las elecciones de noviembre próximo. 

CONDICIONA IMPUGNACIONES 

Sobre el derecho de los ficales a solicitar la impugnación de los resultados por junta receptora de votos si considerasen que hubo anomalías, el artículo 131 de la iniciativa estipula que, “si se negaren a firmar se procederá de conformidad con la presente Ley, pero si hubieren hecho reclamos o impugnaciones y no firmaren, estos reclamos se tomarán como no presentados”. 

El cambio a las reglas del juego en las elecciones no se corresponde con las propuestas que ha hecho la Organización de Estados Americanos (OEA). 

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En febrero de 2017, el Gobierno de Nicaragua firmó un Memorándum de Entendimiento en el que se comprometió a impulsar unas reformas electorales negociadas, que se realizaría en tres años, el plazo se venció en 2020 sin ningún cambio. Tampoco se renovó la vigencia de dicho documento. 

En octubre del año pasado, la Asamblea General de la OEA emitió una resolución en la que instan “a que se establezcan compromisos concretos de reforma electoral, en particular la modernización y reestructuración del Consejo Supremo Electoral, antes de que el Estado convoque elecciones generales, o a más tardar en mayo de 2021“. El plazo Ortega lo cumplió, pero con reformas electorales a su medida. 

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