CSE pretende convertir a los partidos políticos en “inhibidores” de candidatos
El CSE notificó a los partidos políticos que no podrán inscribir candidatos que aplaudan sanciones al régimen, insten a “actos terroristas” o hayan residido fuera del país en los últimos cuatro años.
- June 04, 2021
- 03:22 AM
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El Consejo Supremo Electoral (CSE) envió una notificación a los partidos políticos y alianzas de partidos políticos que no podrán inscribir como candidatos a cargos de elección a quienes, según el régimen, no cumplan con las cuestionadas Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, “Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo” y la “Ley de Seguridad Soberana”.
De esta manera, el régimen se estaría trasladando a los partidos políticos el rol de inhibir precandidaturas que puedan representar una competencia o peligro a la reelección de Daniel Ortega.
La notificación del Poder Electoral enviada este jueves, reitera a los partidos políticos y las alianzas de partidos políticos participantes en el proceso electoral, la obligación de asegurar en la presentación de candidatos el cumplimiento de todas las disposiciones y requisitos en la Constitución Política, la Ley Electoral y demás leyes.
Los magistrados controlados por el régimen de Daniel Ortega hacen énfasis en que “no pueden ser inscritos como candidatos o candidatas a los cargos de elección en el presente proceso electoral quienes no llenan las cualidades, tuvieren impedimentos, o les fue prohibido de conformidad con la “Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz”.
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Esta ley, rechazada por la oposición y la comunidad internacional, establece que no pueden ser candidatos a cargos de elección popular quienes encabecen o financien “un golpe o intento de golpe de estado”, como ha denominado el régimen a las protestas ciudadanas iniciadas en su contra en abril de 2018.
También bloquea precandidaturas a quienes, según el régimen, alteren el orden constitucional, “fomenten o insten a actos terroristas”, inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, quienes pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento extranjero para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización; quienes propongan y gestión en bloqueos económicos comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones, al igual que aquellos que demandan exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el estado de Nicaragua y sus ciudadanos.
¿MARADIAGA INHIBIDO?
El acuerdo del Consejo Supremo Electoral (CSE) también destaca la obligación del cumplimiento del artículo 147 de la Constitución Política de Nicaragua, que establece las condiciones para ser presidente o vicepresidente de la República.
Entre esos requisitos está haber residido de forma continua en el país los cuatro años anteriores a la elección, salvo que durante dicho período cumpliere misión diplomática, trabajare en organismos internacionales o realizare estudios en el extranjero.
Este artículo podría ser utilizado para inhibir la candidatura de Félix Maradiaga, de la Unidad Nacional Azul y Blanco (UNAB) quien a raíz de la represión de 2018 salió al exilio a Estados Unidos, pero no estableció residencia en ese país.
El precandidato señala que este “es un acuerdo en el cual descaradamente chantajea a los partidos políticos instándoles a aplicar las leyes mordaza a cualquier candidato o candidata que sea una amenaza real para la dictadura”.
“Este acuerdo es un claro chantaje porque amenaza los partidos con aplicarles la misma receta de cancelación de personería jurídica que ya le aplicó a la Coalición Nacional. Lo hace porque tiene miedo a un proceso electoral libre y desde ya quiere sacar a cualquier candidato que tenga amplio respaldo popular como ya lo está haciendo, por ejemplo, con Cristiana Chamorro”, comentó.
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Sobre su posible inhibición a través del artículo 147 de la Constitución, Maradiaga explica que, en base a la jurisprudencia del propio Poder Electoral, no debería existir ninguna inhibición constitucional para los nicaragüenses que hayan salido del país, como fue su caso, pero que nunca cambiaron residencia.
“Aquellas personas que hemos salido del país con visa de turista, visa de no residente, nunca solicitamos ni asilo, ni refugio en otro país no estamos constitucionalmente inhibidos. Sin embargo, en este régimen donde no existe el imperio de la ley, cualquier excusa podría ser usada contra de nosotros”, reconoció.