Juristas: Ortega nunca ha convivido con una Constitución “normal”
El dictador suspendió 13 de los 202 artículos de la actual Constitución dos horas después de que esta fuera promulgada en enero de 1987. Desde que regresó al poder en 2007 ha reformado la Carta Magna “a su medida”.
- November 20, 2024
- 06:18 AM
- Despacho 505
- Copyright Despacho 505
El dictador Daniel Ortega ordenó una nueva reforma a la Constitución Política de Nicaragua. Es la sexta modificación a la Carta Magna que ordena en los últimos diez años, y que ha impulsado tras refrendar su reelección indefinida, algo que consiguió por medio de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del año 2009 que también avaló la relección de alcaldes y vicealcaldes.
En el 2011 Ortega se presentó a las elecciones nacionales amparado en la resolución del Poder Judicial, al considerar que el artículo 147 violaban sus derechos políticos al impedir su reelección. Ahora Ortega ha impulsado un reforma cambia el sistema político en el país y establece dos figuras al frente del Ejecutivo con control sobre los demás poderes del Estado.
Para Núñez la razón por la que Ortega insiste en reformar la Constitución tantas veces es porque esa norma superior existe para “controlar el poder” y el actual dictador Ortega “nunca ha querido ser controlado”. La actual Constitución Política del país, recordó Núñez, fue promulgada el 10 de enero de 1987, durante el primer régimen sandinista de los años ochenta del siglo pasado, cuando precisamente Ortega era presidente.
Lea también: Ortega ordena reformar la Constitución Política de Nicaragua
“La Constitución fue promulgada a las 4:00 de la tarde del 10 de enero de 1987 y Ortega la suspendió, en sus derechos y garantías a las 6:00 de la tarde, mediante un decreto de emergencia que aprobó la misma Asamblea. Es decir, él (Ortega) nunca ha tenido una Constitución Política normal, rigiendo su gobierno”, critica Núñez.
En esa época, cuando los sandinistas sostenían una guerra con los contras financiados por Estados Unidos, Ortega suspendió 13 de los 202 artículos de la entonces nueva Constitución, todos relacionado con los derechos de huelga, de libertad de información, de manifestación y de organización.
Ortega justificó esta decisión con la necesidad de “preservar la seguridad nacional” y de mantener el estado de emergencia vigente en ese momento.
Manoseo total
La reforma constitucional enviada a la Asamblea Nacional establece que el Estado de Nicaragua pasará a ser "revolucionario" con dos copresidentes con poder absoluto y la potestad de nombrar vicepresidentes a dedo.
“Esos cambios tan a fondo solo se hacen después de que se elige a una asamblea constituyente y se realiza una reforma total, para pasar de un sistema presidencial a uno semi parlamentarista. Debería primero requerir una elección (de los miembros de una posible Asamblea Constituyente), pero ellos (Ortega y Murillo) lo harán vía reforma parcial, que es una barbaridad”, manifestó el jurista.
Ortega se da el lujo de reformar la Constitución gracias a la reforma de hecho que hizo en octubre de 2009, a través de una sentencia de la Sala Constitucional de la CSJ, que le permitió ser candidato presidencial en las elecciones de 2011, las que ganó fraudulentamente y minimizó a la oposición en la Asamblea Nacional tras obtener la mayoría de diputados, con los que logró reformar “a su medida” la Constitución en enero de 2014.
El también jurista Uriel Pineda, igualmente desnacionalizado por los Ortega Murillo, manifiesta que, en principio, las reformas constitucionales suelen reflejar la existencia de un consenso entre la clase política sobre una agenda de nación, cuando son emanadas de una representación democrática legítimamente electa.
Sin embargo, en el caso de Nicaragua, donde existe una absoluta concentración del poder por parte del régimen Ortega-Murillo, no es el reflejo de consenso político, sino “la confesión de las arbitrariedades del régimen”.
Lea también: Daniel Ortega cumple 79 años disminuido en poder y con los ojos puestos en otra reelección
Abusos convertidos en ley
Las reformas constitucionales que Ortega ha realizado en los últimos años casi siempre han seguido un patrón de comportamiento en el que primero hace la reforma por la vía de hecho y luego la convierte en ley, señala Elíseo Núñez.
“Es paradójico, pero Ortega ocupa un postulado de los liberales más reconocidos del mundo, que es (el francés Juan Jacobo) Rousseau, que decía que ningún fuerte es suficientemente fuerte si no convierte su fuerza en ley y la sumisión en obediencia. Esa mezcla de cosas Ortega las conoce bien y todo lo que es por la vía de hecho lo convierte en ley. Por eso es que va a necesitar reformar todas las veces”, opinó Núñez.
“Incluso, cuando hace las leyes, Ortega de pronto se da cuenta que son insuficientes para la represión que aplica y las vuelve a reformar con mayor fuerza. Él mira la ley como la miran los marxistas, que dicen que la ley, la norma, es la expresión escrita de la clase dominante. Y él, como es la clase dominante, tiene derecho a hacer la ley y a que su expresión se convierta en norma. Este es el concepto de Ortega, un concepto de autoritarismo total”, agregó.
El jurista Uriel Pineda considera que las reformas constitucionales que impulsa Ortega reflejan una paradoja, ya que, por una parte, la forma legal no ha sido impedimento para el dictador impulse cualquier tipo de arbitrariedad y, por otra, la modificación constitucional está contrapuesta a las obligaciones del Estado de Nicaragua en materia de Derechos Humanos.
“Pareciera menos nocivo que solo cometiera las infracciones a la Constitución que el hecho de cometer los actos arbitrarios y que después ajuste la norma, porque eso pone en evidencia una política de Estado que, según el resultado, puede llegar a constituir crímenes de lesa humanidad”, indicó Pineda.
Las reformas de Ortega
Además de la reforma de hecho en 2009 y la reforma de 2014, Ortega también cambió la Constitución cuatro veces en 2023. La primera en febrero, recordó Pineda, para legalizar el “despojo arbitrario de la nacionalidad a más de 300 nicaragüenses.
En julio de ese año, reformó el artículo 97 para castigar a los policías desertores. Luego, en octubre, reformó el 165 para restarle facultades al poder judicial.
En noviembre, también le quitó atribuciones a la Asamblea Nacional, reformando el 138, para que ese poder del Estado dejara de nombrar al procurador y subprocurador para la Defensa de Derechos Humanos.