Gobernación recibe súper poder de fiscalizar, aprobar y cancelar oenegés

La reforma fue aprobada con carácter de urgencia y le otorga a Gobernación el poder de otorgar y cancelar personerías jurídicas a las oenegés

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  • agosto 11, 2022
  • 06:23 AM

Setenta y siete diputados orteguistas aprobaron hoy la reforma a la Ley General de Regulación y Control de Organismos Sin Fines de Lucro, y entregaron el control de las oenegés y las cámaras empresariales al Ministerio de Gobernación. A partir de ahora Gobernación podrá otorgar y cancelar personerías jurídicas, además regulará a las gremiales empresariales.

La reforma presentada con carácter de urgencia establece en el artículo 7 las facultades del Ministerio de Gobernación de “otorgar y cancelar la personalidad jurídica de las OSFL de acuerdo a la clasificación establecida en la presente ley, mediante Acuerdo Ministerial”.

Con la reforma, Gobernación solo tendrá que informar a la Asamblea Nacional sobre el otorgamiento y anulaciones de personerías jurídicas. Mientras que el artículo 11 establece la clasificación de los organismos sin fines de lucro y en ella se incluye a las cámaras gremiales empresariales.   

El diputado Orteguista Edwin Castro, al justificar la reforma a la Ley de los Organismos sin Fines de Lucro, y a la Ley de General de Deporte, Educación Física, era para incorporar a la legislación nicaragüense al “esquema internacional” de la mayoría de los países de América Latina donde el control de los organismos sin fines de lucro está concentrado en una sola organización.

“Yo creo que estamos entrando en la lógica de las legislaciones latinoamericanas no estamos haciendo fuera nada de lo establecido en derecho comparado y estamos actuando de acuerdo a la corriente latinoamericana y panamericana de control de organismos sin fines de lucro”, alegó Castro.

Mientras que el diputado Orteguista Gustavo Porras, quien introdujo la iniciativa de reforma, indicó que la reforma era “necesaria en términos del ordenamiento administrativo, jurídico y en el quehacer político”. Además, señaló que hay "un universo de varios miles de oenegés que no tienen ninguna función. Íbamos (cancelando) de 100 en 100 , entonces lo que estamos haciendo es ordenando".

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“Y todo el mundo se traga el cuento y yo espero que los colegas del PLC sean de cuento tragado de que son cancelaciones de orden político, porque probablemente no saben y no investigan los anexos que sale allí, quiénes son los miembros de las juntas directivas, muchos de esas juntas directivas, hay algunos diputados que pertenecemos, tienen años de haberse formado y hay quedaron, hay que ordenar todas estas cosas”, argumentó Porras para justificar la reforma.

También deroga la General de Cámaras, Federaciones y Confederaciones Gremiales Empresariales.  La reforma entrará en vigencia 30 días después de su publicación en la Gaceta, diario Oficial.

QUÉ DICE LA REFORMA

El artículo 38 señala que la Dirección General de Registro y Control de OSFL, podrá aplicar las sanciones administrativas de multa, intervención y suspensión, cuando corresponda. Asimismo, podrá emitir Dictamen Legal para solicitar la cancelación de la personalidad jurídica del OSFL.

“Las sanciones a que se refiere la presente Ley, se aplicaran sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan”, señala dicho artículo.

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En el artículo cuatro de la iniciativa, el orteguismo establece que una vez que sea aprobada la reforma, “las cámaras, federaciones o confederaciones gremiales empresariales existentes al momento de entrada en vigencia, deberán convalidar su registro ante la Dirección General de Registro y Control de OSFL a cargo del Ministerio de Gobernación”.

Según la reforma, las mismas deberán presentar a dicha dependencia, la documentación que acredita el otorgamiento de personalidad jurídica, debidamente publicado en La Gaceta, así coma las modificaciones estatutarias si las hubiere. La propuesta señala que “la autoridad de aplicación tendrá un plazo de noventa días calendario, a partir de la fecha de recepción de los documentos legales” para habilitarlas o mandarlas a enmendar bajo el riesgo de quedarse anuladas.

La iniciativa mediante un nuevo artículo crea el 12 de octubre como el “Día de las cámaras, federaciones, confederaciones gremiales empresariales de Nicaragua”. Pero los empresarios de Nicaragua tienen el 8 de septiembre para celebrar su día.   

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