Amplían por cinco años los beneficios fiscales a las generadoras de energía renovable

La iniciativa de Ley enviada por Ortega plantea que los incentivos fiscales se extiendan hasta el primero de enero del 2028.

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  • diciembre 13, 2022
  • 03:12 AM

Daniel Ortega envió este 12 de diciembre a la Asamblea Nacional una iniciativa de Ley para ampliar por cinco años más los incentivos fiscales que gozan los proyectos o ampliaciones de proyectos de generación eléctrica con fuentes renovables que desarrollan empresas privadas, públicas o mixtas.

La iniciativa de reforma al artículo ocho de la Ley para la Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes Renovables fue presentada con carácter de urgencia y fue aprobada este martes de manera unánime por los 91 diputados del Parlamento.

La vigencia de los incentivos vencían el primero de enero del 2023. Según la reforma, en Nicaragua aún están pendientes de desarrollar una serie de proyectos de generación de energía con fuentes renovables, las que no detalla, pero que supuestamente están incorporados en el Plan Indicativo de Expansión de Generación de Energía 2021-2035 aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

“Los nuevos proyectos de generación de energía con fuentes renovables y las nuevas ampliaciones a la capacidad instalada de los proyectos en operación con fuentes renovables, podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente ley, por un período que finaliza el uno de enero del año dos mil veintiocho", detalla el artículo 8 de dicha iniciativa de Ley.

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La Ley de Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes Renovables fue aprobada en abril del 2005 y entró en vigencia en mayo del mismo año, una vez publicada en la Gaceta Diario Oficial, y en ella originalmente se establecía un periodo de 10 años para que los inversionistas nacionales e internacionales gozarán de los beneficios fiscales establecidos.

Esta sería la tercera extensión que otorga el dictador a este sector. En la misma fundación se señala que el 27 de mayo del 2015 se vencía el plazo inicial que establecía la Ley. Este plazo se amplió al primero de enero del 2018 por medio de una reforma a la Ley. Posteriormente se reformó hasta el primero de enero del 2023.Es decir que este sector tiene unos 18 años de gozar de esos beneficios fiscales.

INCENTIVOS FISCALES QUE GOZA ESTE SECTOR

Los incentivos que gozan estos proyectos están referidos a la exoneración del pago del Derecho Arancelario de Importación (DAI), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sobre “maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para las labores de pre-inversión y las labores de la construcción de las obras incluyendo la construcción de la línea de subtransmisión necesaria para transportar la energía desde la central de generación hasta el Sistema Interconectado Nacional (SIN)”.

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También están exentos del pago del Impuesto sobre la Renta (IR) por un período máximo de 7 años a partir de la entrada de operación comercial o mercantil del Proyecto. Estos proyectos tampoco pagarán por cinco años más todos los impuestos municipales vigentes sobre bienes inmuebles, ventas, matrículas durante la construcción del proyecto por un periodo de 10 años una vez que entre en funcionamiento el proyecto.

La ley también les concede exoneración de todos los impuestos que “pudieran existir por explotación de riquezas naturales por un período máximo de 5 años después del inicio de operación” y del Impuesto de Timbres Fiscales (ITF).

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