Condenado a 66 años de cárcel el furgonero que provocó la muerte de cuatro personas en Malacatoya

Los 66 años de cárcel se deberán cumplir de manera sucesiva en el Sistema Penitenciario de Tipitapa y finalizarían el 16 de abril del 2089.  

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  • agosto 06, 2023
  • 12:11 AM

Francisco Humberto Mendoza, el furgonero que por conducir en estado de ebriedad y a exceso de velocidad provocó un triple accidente en Malacatoya, Granada, donde murieron cuatro personas fue condenado a 66 años de cárcel.  

El accidente ocurrió la noche del 17 de abril en el kilómetro 47 de la carretera Malacatoya – Tipitapa. Murieron tres hermanos que viajaban en una camioneta y la pasajera de un autobús que también se vio afectado en la triple colisión.  

La sentencia contra el furgonero fue dictada por el juez de Distrito Penal de Juicio de Tipitapa, Donaldo Alfaro García.  

Francisco Mendoza, de 63 años, conducía del furgón en estado de ebriedad y a exceso de velocidad, según la investigación policial.  

Al llegar a la comunidad El Papayal invadió el carril contrario e impactó primero con el autobús que cubre la ruta Managua - El Rama y posteriormente con la camioneta donde viajaban los hermanos.  

Al chocar con el bus, se produjo la muerte de la pasajera Justina Orozco Herrera, de 52 años, quien se dirigía a la ciudad de El Rama donde residía.  

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Tras continuar con la marcha, Mendoza impactó con la camioneta  y murieron de manera instantánea los hermanos María de los Ángeles (70), José Eddy (59) y Javier Antonio Duarte (51).  

DETALLES DE LA SENTENCIA  

Por cada homicidio, el juez le impuso 13 años de cárcel al transportista para un total de 52 años de presidio por este delito.  

Luego impuso penas que suman 12 años por lesiones contra otras personas que resultaron heridas en el accidente  

Finalmente, el juez sumó dos años de cárcel más por el delito de conducir en estado de ebriedad, bajo efectos de fármacos, drogas y otras sustancias controladas que prevé  y sanciona el artículo 326 del Código Penal.  

Los 66 años de cárcel se deberán cumplir de manera sucesiva en el Sistema Penitenciario de Tipitapa y finalizarían el 16 de abril del 2089.  

Sin embargo, el artículo 37 de la Constitución Política de  Nicaragua establece  que  no se podrán imponer penas que aisladamente o en conjunto duren más de 30 años, a excepción de la prisión perpetua revisable.  

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