Traición a trabajadores del Estado: recortan pago de la liquidación en caso de renuncia

Los trabajadores del Estado tendrán liquidación a partir de tres años de trabajo continuo. La tabla establece 1 mes de sueldo por una permanencia de 10 años

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  • noviembre 23, 2023
  • 05:41 AM

La Asamblea Orteguista aprobó este jueves una nueva ley para "regular" el cálculo de las indemnizaciones por antigüedad en el Estado en caso de renuncia. La norma, establece que los empleados públicos solo tendrán derecho a cobrar liquidación a partir de los 3 años de servicio continuo. 

La nueva “Ley para el cálculo de la indemnización por antigüedad en caso de renuncia de los trabajadores del Estado” establece una tabla de indemnizaciones según la cantidad de años de servicio continuo.

Los trabajadores que tengan de 3 a 10 años obtendrán el equivalente a un mes de salario si dejan el puesto de manera voluntaria. En tanto, quienes acumulen de 10 a 15 años conbrarán el equivalente a 2 meses de su sueldo. En el caso de los que acumulen de 15 a 20 años de trabajo, el Estado de Nicaragua les reconocerá 3 meses de sueldo como liquidación. Cobrarán cinco meses de sueldo solo aquellos que trabajen 20 años continuos para el sector público.

“La indemnización por antigüedad en caso de renuncia no es aplicable para los trabajadores del Estado que sean promovidos para ocupar cargos por nombramiento del Presidente de la República”, señala la nueva Ley.

¿A QUIÉNES AFECTA?

La normativa es aplicable a los trabajadores del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Electoral, Entes Autónomos y Gubernamentales, municipios y órganos de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe.  

“Las indemnizaciones por antigüedad reguladas en la presente Ley son sin perjuicio de los derechos establecidos en las convenciones colectivas que correspondan”, agrega la ley. 

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En la fundamentación los parlamentarios afines al orteguismo señalan que desde 1990, han aprobado una serie de leyes destinadas a garantizar la eficiencia del sector públicos y los derechos y deberes de los trabajadores de este sector. Agrega que esos aspectos están "fortalecidos" en la nueva Ley ya que se "garantiza derechos a los trabajadores por el tiempo de labor continua".

En la argumentación se expone que dicha ley es necesaria para manejar eficientemente las finanzas públicas del Estado y para asegurar y mantener la estabilidad y crecimiento económico, “para continuar garantizando los derechos de todos los nicaragüenses y especialmente de los trabajadores del sector público, incluyendo la seguridad social”. 

“En ese sentido, regular las indemnizaciones por antigüedad es una de las medidas que se requieren impulsar para que permanezca el respeto al derecho de los trabajadores ante la renuncia”, expone el documento.

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El Código del Trabajo vigente establece en su artículo 45 que cuando el empleador cancela un contrato indeterminado pagará al trabajador una indemnización que se calcula de un mes de salario por cada uno de los primeros tres años de trabajo; veinte días de salario por cada año de trabajo a partir del cuarto año y que en ningún caso la indemnización será menor de un mes ni mayor de cinco meses.  

Mientras que el artículo 43 de la misma norma establece que la “terminación de la relación laboral por mutuo acuerdo o renuncia no afecta el derecho adquirido del trabajador por antigüedad conforme el Artículo 45 de este código”

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