El régimen condenó a monseñor Rolando Álvarez por estas diez publicaciones en redes sociales

El obispo fue espiado con un software llamado Maltego, se escuchaban sus homilías y se criminaliza su derecho a la libertad de expresión.

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  • noviembre 27, 2023
  • 10:06 PM

Diez publicaciones en las redes sociales fueron las que utilizó el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo para condenar a monseñor Rolando Álvarez, obispo de la Diócesis de Matagalpa, a cinco de los 26 años y cuatro meses de cárcel por el supuesto delito de “propagación de noticias falsas en perjuicio del Estado de Nicaragua y la sociedad”. 

Álvarez fue condenado también por los presuntos delitos de menoscabo a la integridad nacional (traición a la patria); obstrucción de funciones agravadas, desobediencia y desacato a la autoridad. Además, le quitaron la nacionalidad y le impusieron una multa de 56,461 córdobas con 15 centavos.

El expediente contra el obispo lo comenzó a armar la dictadura el 5 de agosto del 2022. Ese día la Policía Orteguista acusó a monseñor Álvarez de utilizar los medios de comunicación y las redes sociales para “organizar grupos violentos” los que supuestamente iban a “ejecutar actos de odio en contra de la población” para crear un ambiente de “zozobra y desorden, alterando la paz y la armonía” para “desestabilizar al Estado de Nicaragua y atacar a las autoridades constitucionales”.

USARON EL SOFTWARE MALTEGO PARA ESPIAR A ÁLVAREZ

Un día antes, la Policía había establecido un cerco policial en la Curia Episcopal que se mantuvo hasta el 19 de agosto cuando los agentes ingresaron violentamente y arrestaron a monseñor y otros sacerdotes y laicos que lo acompañaban. 

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El abogado Yader Morazán, quien tuvo acceso al expediente policial con el que acusaron a monseñor Álvarez por el delito de propagación de noticias falsas, detalla que la investigación se realizó por medio de un software llamado Maltego para realizar una búsqueda de las publicaciones en redes sociales y de toda la información relacionada al obispo. 

Rolando Álvarez, quien cumplió este lunes sus 57 años, lleva 480 días en prisión y fue condenado en un “proceso judicial” en ausencia y sin defensa legal que culminó en condena.

“Si no fuera una desgracia, hasta sería un chiste para un aula de clases de la carrera de Derecho pensar que alguien podría ser acusado con publicaciones que en su contenido no instan a la violencia, y, al contrario, se ejerce ciudadanía tal como lo protege la Constitución Política”, señala Morazán. 

La investigación la realizaron el suboficial Francisco Antonio Gutiérrez Valverde, especialista Departamento Delitos Informáticos y el jefe de esa dirección, el teniente Xavier Alberto Corea Martínez.

INVESTIGACIÓN ENCARGADA POR COMISIONADO DESTITUIDO

La investigación realizada por los peritos fue encargada por el destituido comisionado general Luis Alberto Olivas, ex jefe de la Dirección de Auxilio Judicial de Managua.

“Aunque usted no lo crea, estas fueron las tres primeras publicaciones criminalizadas que él (Álvarez) hizo. Una de Facebook en la que publica el impedimento del paso de dos sacerdotes y dos de Twitter, la primera en la que se refiere a las elecciones, reveló Morazán.

LAS PUBLICACIONES UTILIZADAS PARA CRIMINALIZAR A MONSEÑOR

La cuarta publicación que “es hasta inverosímil”, no la hizo el obispo en sus plataformas digitales, sino que fue una nota de un medio de comunicación digital, la cual no fue corroborada “a través de pericias informáticas si realmente la redacción que hizo el medio de comunicación corresponde a sus palabras”.

La quinta “prueba” es una nota de un medio internacional donde solo aparece una foto del obispo que no fue compartida por él. La siguiente prueba fue un mensaje que dio en una entrevista a un medio de comunicación, pero “insta a construir un país democrático”.

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La séptima publicación está relacionada al asedio que sufría de parte de la Policía Orteguista. Hasta las homilías que daba en sus misas fueron utilizadas para acusarlo, ya que la octava prueba que ofrecieron fue un fragmento de la homilía del 20 de enero del 2022.

Mientras que la novena y décima son publicaciones de medios de prensa tanto nacionales como internacionales las cuales no fueron corroboradas. 

El abogado Morazán reiteró que monseñor Rolando Álvarez se encuentra en condición de “desaparición forzada”, lo que constituye un crimen de lesa humanidad, mientras que la “juez sentenciadora”, Nadia Camila Tardencilla Rodríguez tiene más de “260 días aferrada al expediente judicial, pese a que su rol ya culminó”.

El abogado considera que la judicial debería remitir el expediente a un juez de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria como lo mandata la ley y no mantenerlo secuestrado.

“Pero es claro que la ‘misión política’ encomendada, no puede ser confiada a nadie más”, concluyó Morazán.

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