Prohíben fumar, hacer fogatas y motocross en la reserva volcán Cerro Negro
Las medidas se aplicarán en todo el Complejo Volcánico Cerro Negro, que también comprende Las Pilas, El Hoyo y Asososca.
- León, Nicaragua
- April 16, 2024
- 10:10 AM
- Despacho 505
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El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (Marena) aprobó un plan de manejo del área protegida reserva natural Complejo Volcánico Cerro Negro, que también comprende Las Pilas, El Hoyo y Asososca en el que prohíbe, entre otras medidas, el uso de drones en la zona, las carreras ilegales de motocross, fumar, hacer fogatas o tirar basura.
El plan fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial de este martes 16 de abril. Esta reserva natural, declarada como tal en 1983, está ubicada en el departamento de León y se extiende entre los municipios La Paz Centro, Larreynaga y León.
Esta área comprende volcanes como los cerros Las Pilas; El Hoyo, con el cráter activo; Negro y el Asososca, que tiene contiguo la laguna del Tigre o Asososca, que no debe confundirse con la de Managua.
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PROHIBIDO EL USO DE DRONES
Las prohibiciones se dividen en generales y específicas. No está permitida la tala de árboles, se prohíbe introducir especies exóticas, depositar basura y fumar.
Además, establecen que no existan concesiones mineras, petroleras, forestales y pesqueras que entren en conflicto con los objetivos del plan de manejo.
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También impone la restricción del uso drones, a menos que esté autorizado por el Instituto Nicaragüense de Aeronaútica Civil (Inac) y el Marena.
NORMAS ESPECÍFICAS
Las normas específicas se dividen en ecológicas, de conservación de la biodiversidad, de zonas de uso público, zona de amortiguamiento, subzona agrosilvopastoril y subzona de uso agropecuario sostenible.
Entre estas prohibiciones destacan que no se pueden realizar carreras ilegales de motocros ni usar cuadraciclos.
Tampoco se pueden enceder fuego ni hacer fogatas, instalar antenas verticales o parabólicas, construir casas de habitación, hoteles, bodegas, almacenes y garajes.
No se permite el pastoreo de ganado vacuno, equino, bovino, caprino o de cualquier otro tipo en las áreas donde la pendiente sea mayor de 40 por ciento o en su equivalencia de 21 grados.
La pesca con explosivos o con medios químicos está prohibida, así como cazar animales con fines comerciales y eliminar la vegetación para establecer áreas de cultivo agrícolas.
No se podrá usar, manipular o transportar sustancias inflamables y agroquímicos. Otros impedimentos son la extracción de flora y fauna y la ampliación de caminos existes y construcción de nuevos para tránsito de vehículos, exceptuando los de interés municipal.