Poder Judicial de Costa Rica justifica arresto domiciliario para hombre que mató a nicaragüense
El abogado condenado por matar a su vecino nicaragüense en Escazú fue condenado a 20 años de cárcel en diciembre de 2024, la cual apeló y está pendiente de una resolución del Tribunal


- Managua, Nicaragua
- mayo 07, 2025
- 09:12 AM
- Despacho 505
- Copyright Despacho 505
El Poder Judicial de Costa Rica defendió el cambio de medida cautelar otorgado a Eduardo Alonso Ramírez, quien fue condenado por la muerte violenta de su vecino nicaragüense, Otoniel Orozco Mendoza, ocurrida en junio de 2024 en un condominio en Escazú.
Ramírez Zamora fue trasladado a arresto domiciliario el pasado 3 de mayo debido a una condición médica grave que requirió una intervención quirúrgica. Según dictámenes forenses, el sistema penitenciario no puede garantizar el tratamiento, atención médica ni la alimentación adecuada que necesita durante su recuperación.
“El cambio de medida se debe a que el imputado fue sometido a una intervención quirúrgica necesaria por una condición médica grave. Informes médicos oficiales establecieron que el sistema penitenciario no puede garantizar el tratamiento, atención médica y alimentación adecuada que requiere su recuperación”, detalló el Poder Judicial en un comunicado citado por medios costarricenses.
Lea: Estados Unidos coloca a la dictadura de Nicaragua en lista de “adversarios” a combatir
El arresto domiciliario se cumple en una vivienda distinta a la del lugar donde ocurrió el crimen, y desde el 5 de mayo se implementó monitoreo electrónico. La medida se mantendrá hasta el 3 de septiembre de 2025, cuando vence el plazo de prisión preventiva.
La sentencia de 20 años de cárcel dictada contra Ramírez Zamora en diciembre de 2024 aún no está en firme, ya que fue apelada y se encuentra pendiente de resolución ante el Tribunal de Apelaciones.
La defensa
El abogado defensor, Andrés Durán, aseguró que el proceso se ha manejado dentro del marco legal y con respaldo médico. “Estamos en un sistema republicano y democrático. Los procesos judiciales se discuten y deciden con base en la prueba, y la prueba en este caso demuestra que mi patrocinado ha sido operado por enfermedades graves, lo cual amerita que esté en casa por cárcel”, declaró Durán.
Asimismo, negó riesgo de fuga: “No es que Eduardo Alonso esté libre, eso es totalmente falso. El peligro de fuga es casi nulo, menos con la circunstancia de la enfermedad que posee. El pasaporte fue entregado desde la primera audiencia”, afirmó.
El crimen ocurrió el 3 de junio de 2024 en el condominio Río Palma, en Guachipelín de Escazú. Una discusión entre las esposas de ambos hombres por una llave de paso de agua derivó en una confrontación entre Ramírez Zamora y Orozco Mendoza.
En imágenes de una cámara de seguridad se observa que, tras el altercado verbal, Ramírez Zamora sacó un arma y disparó en múltiples ocasiones contra Orozco, quien murió en el lugar.
El caso continúa bajo análisis judicial mientras se resuelve el recurso de apelación.