Asesino de ciudadano que gritó "Viva Nicaragua libre" podría quedar libre en un año con ayuda de juez
El juez cambió la tipificación del delito a homicidio imprudente, y terminó convirtiendo el crimen en una muerte accidental.


- noviembre 10, 2020
- 01:35 AM
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El hombre que el 19 de julio de 2020 mató de un disparo a un opositor, en el municipio La Trinidad, Estelí, porque gritó "Viva Nicaragua" libre a una caravana de simpatizantes acaricia la posibilidad de pagar su crimen con castigo menor a un año de prisión.
Luego de una serie de reprogramaciones de juicio, este lunes el militante sandinista Abner Pineda fue llevado a audiencia y salió de la misma con una sentencia judicial a su favor, ya aunque mató de un disparo en el cuello a Jorge Luis Rugama Rizo, el juez cambió la tipificación del delito a homicidio imprudente, es decir un hecho accidental.
“Las mismas fotos de Medicina forense revelan que Abner Pineda llegó a matar a la víctima al frente de su casa y un perito de balística de la policía, dijo que era imposible que el arma se detonara de manera accidental y que para realizar el disparo, tuvieron que cargarla y quitarle el seguro, lo cual desmiente totalmente la versión de fue un disparo accidental y confirma que el acusado actúo con alevosía y la clara intención de privarle la vida a Jorge Luis Rugama Rizo", cuestionó el acusador adherido Eber Acevedo, abogado de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), quien representa a Luisa Rizo, mamá de la víctima.
JUICIO A LA MEDIDA DEL CRIMINAL
Abner Pineda era procesado por los delitos portación o tenencia ilegal de armas de fuego y homicidio en perjuicio de Rugama Rizo. Sin embargo, el juez Erick Ramón Laguna Averruz, titular del Juzgado de Distrito Penal de Juicio de Estelí, después de escuchar las versiones de los testigos y valorar las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, el acusador particular adherido y la defensa; cambió la tipificación del delito a homicidio imprudente y determinó "no culpabilidad" por tenencia ilegal de armas.
Acevedo explicó que el homicidio imprudente contempla penas de 1 a 4 años de cárcel "y con la posibilidad de que le suspendan la pena y lo manden a su casa”.
El acusados adherido, teme que Pineda ni siquiera reciba como castigo la pena mínima de un año de cárcel, ya que el mismo juez al cambiar la tipificación del delito convirtió el crimen en una muerte accidental.
Aprovechando esto, el abogado defensor Mauricio Peralta solicitó una pena mínima inferior a la establecida por el delito de homicidio imprudente, "argumentado un eximente incompleto a favor del acusado, que en este caso disminuye la pena de 2 meses a un año de cárcel”, explicó Acevedo.
Para Acevedo, el fallo del juez Erick Ramón Laguna Averruz "es totalmente irrisorio". Sostiene que la Fiscalía y él como acusador particular adherido, demostraron con testigos "que Abner Pineda, se bajó de un jeep con pistola en mano y la cargó para luego dirigirse frente a la casa de la víctima para pegarle el balazo”.
Considera que con las pruebas aportadas el crimen pudo más bien ser tipificado como asesinato, pero "este juicio demuestra que la justicia no existe para quienes opinan diferente al gobierno", lamentó.
LECTURA DE SENTENCIA

Tras concluir con el debate de pena, el juez programó la lectura de sentencia para el 19 de noviembre donde se espera que Pineda llegue nuevamente a los juzgados sin el uniforme azul que desde 2018 obligan a vestir a todos los presos.
Este es el segundo fallo controversial que emite el juez Erick Ramón Laguna Averruz, ya que en febrero del 2012, su nombre sonó a nivel nacional al imponer penas de tres años a dos militantes sandinistas y dos expolicías que asesinaron a balazos a tres integrantes de una familia de la comunidad, El Carrizal del municipio de San José de Cusmapa, del departamento de Madriz, donde fungía como juez de Distrito Penal de Juicio.
El crimen contra Jorge Luis Rugama Rizo, ocurrió a las 6: 30 de la tarde del pasado 19 de julio, en el barrio Francisco Alvarado del municipio de La Trinidad del departamento de Estelí, cuando la víctima gritó frente a su casa de habitación “Viva Nicaragua libre”, lo cual causó malestar a Pineda.
El líbelo acusatorio señala que Pineda se encontraba en una esquina con un grupo de personas que ingerían licor en un vehículo y que estos empezaron a insultar a la víctima.
Tras los insultos, Rugama habría reaccionado molesto y el acusado portando ilegalmente una pistola calibre 45 en su mano derecha se dirigió hasta donde se encontraba la víctima para propinarle el disparo mortal en el cuello.