Entra en vigor ley que convierte a opositores en "traidores a la patria"
La ley que inhibe de optar a cargos públicos a los nicaragüenses que el régimen de Daniel Ortega declare "traidores a la patria" entró en vigor este martes, con su publicación en el diario oficial La Gaceta.


- diciembre 22, 2020
- 03:27 AM
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Menos de 24 horas tras su aprobación en la Asamblea Nacional, este martes ha entrado en vigor La Ley de defensa de los derechos del pueblo a la independencia, la soberanía y autodeterminación para la paz; la cual permite declarar "traidores a la patria" a los nicaragüenses que aplaudan sanciones internacionales y con esto inhibirlos de optar a cargos de elección popular y hasta encarcelarlos.
La ley que ha sido ampliamente rechazada por la oposición y la comunidad internacional fue aprobada el lunes, durante una sesión extraordinaria, con 70 votos de los sandinistas y sus aliados, promotores de la controvertida iniciativa, frente a 14 que votaron en contra y 5 abstenciones.
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Durante la sesión, el sancionado presidente del Parlamento Gustavo Porras advirtió que "todo aquel que haga una traición a la patria será sancionado de acorde a la presente ley".
Este martes, el texto que consta de apenas dos artículos fue publicado en el diario oficial La Gaceta, establecido como requisito para su entrada en vigor.
TRAIDORES A LA PATRIA
Según la norma, serán considerados "traidores a la patria" y tampoco podrán optar a cargos de elección popular, los nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de Estado, que alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos terroristas, y/o que realicen actos que menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación.
También los que inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización, que propongan y gestionen bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones.
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Además, aquellos que demanden, exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos.
La parte final del artículo uno de la norma consigna la posibilidad de abrir procesos penales contra aquellos que sean castigados bajo esta ley: "todos los que lesionen los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico serán “traidores a la patria”, por lo que no podrán optar a cargos de elección popular, esto sin perjuicio de las acciones penales correspondientes establecidas en el Código Penal de la República de Nicaragua para los “actos de traición”, los “delitos que comprometen la paz” y los “delitos contra la Constitución política de la República de Nicaragua”.
El jurista José Pallais calificó de "absurdo" y un "desconocimiento total de la legislación" pretender aplicar el artículo 409 del reformado Código Penal relacionado a los “actos de traición”, ya que este se limita a situaciones de guerra con países extranjeros “y aquí no hay ni guerra civil”, cuestionó.
El experto en derecho constitucional explicó a DESPACHO 505 que el artículo 409 establece condenas que van desde 10 a 15 años de prisión “e inhabilitación absoluta, para el desempeño de función, empleo o cargo público por el mismo período a los que cometan este tipo de delito. Las mismas penas se impondrán al que indujere a un Estado extranjero a declarar la guerra a Nicaragua o concertare con ella para el mismo fin”.