Asamblea Orteguista aprueba reforma a "Ley del notariado" que levanta la confidencialidad entre cliente y abogado

La reforma fue introducida el pasado 21 de marzo y discutida con carácter de urgencia por el Parlamento dominado por el orteguismo.

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  • marzo 29, 2022
  • 04:30 AM

La Asamblea Orteguista aprobó este martes una reforma a la Ley del Notariado y al Código de Comercio de la República de Nicaragua (Ley del notariado, como le llaman los letrados) bajo el argumento de combatir el crimen organizado, financiamiento al terrorismo y el lavado de activos. A partir de ahora los notarios tendrán que informar a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la movilidad y legalización de las propiedades, lo que es considerado como una violación al secreto profesional entre cliente y abogado.

La iniciativa de reforma aprobada con 78 votos a favor, nueve en contra y una abstención fue presentada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el pasado 21 de marzo y discutida hoy con carácter de urgencia. La diputada Eneyda Escoto, en nombre de la bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), indicó que votarían en contra de la reforma porque va en contra de los derechos constitucionales y viola la confidencialidad entre cliente y abogado.

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Pero el diputado orteguista, Edwin Castro, vociferó contra la bancada del PLC y los acusó de confesar “que está a favor del crimen organizado y la narcoactividad en el país”.   El sancionado diputado sandinista, Wálmaro Gutiérrez, manifestó que la reforma era "correcta" y desacreditó los señalamientos que indican que se violenta la confidencialidad.

“El órgano regulador de los abogados y notarios públicos por Constitución y de la Constitución para abajo es el Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, la Dirección de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos. Por lo tanto, si nos solicitan información, nuestro deber es entregarle información a estos organismos que nos regulan, que nos supervisan y que nos controlan, entonces no hay tal de que haya una ruptura del sigilo profesional”, reconoció Gutiérrez.

ARGUMENTOS DE ALBA LUZ RAMOS

En la exposición de motivos que firma la presidenta del CSJ, la sancionada magistrada Alba Luz Ramos, establece que las instituciones del Estado, municipalidades y los juzgados deben exigir a las sociedades mercantiles la presentación del Certificado de Declaración del Beneficiario Final emitido por el correspondiente Registro, cuando estas gestionen ante las dependencias anteriormente señaladas, cualquier tipo de permiso, licencia; o cuando participen en licitaciones públicas o contratos de cualquier tipo o naturaleza.

"El mismo requisito exigirán los Tribunales del país cuando las sociedades realicen cualquier acto, demanda, solicitud; o cuando participen como postores en los procesos de ejecución forzosa”, indica el texto. En el texto de la reforma se establece que los notarios como sujetos obligados en la labor de prevención deben informar cuando realicen, autoricen, participen o intervengan o se dispongan a realizar transacciones, operaciones o servicios para o por cuenta de sus clientes, relativas a la compra y venta, permuta, donación, o cualquier otra forma de transmisión de dominio de bienes inmobiliarios.

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"Administración del dinero, valores u otros activos del cliente; administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores; organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas y toda acción que conlleve a un cambio en la estructura, composición accionaria a título oneroso o gratuito y al capital de la Persona Jurídica. Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas , y compra y venta de entidades comerciales", señala el párrafo 16 del artículo 15 de dicha reforma.

La diputada orteguista Auxiliadora Martínez, señaló que la reforma a la Ley del Notariado y al Código de Comercio de la República de Nicaragua es una recomendación de organismos internacionales y en particular del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

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