Régimen cerrará oficinas estatales 10 días por vacaciones de Semana Santa
Regreso de empleados públicos a sus labores, coincide con el día en que opositores celebran el cuarto aniversario de la rebelión cívica del 2018.


- marzo 31, 2022
- 02:35 PM
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La Dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo ordenó al Ministerio del Trabajo (Mitrab), el cierre de las oficinas estatales en todo el país y mandar a los trabajadores públicos de vacaciones por 10 días, en ocasión de la Semana Santa.
En un comunicado firmado por la ministra orteguista del Trabajo, Alba Luz Torres, publicado en los medios oficialistas, indican que los funcionarios públicos trabajarán hasta el viernes ocho de abril, luego salen de vacaciones con goce de salario y regresarán a trabajar hasta el martes 19 de abril.
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El regreso de los empleados públicos a sus puestos de trabajo coincide con el cuarto aniversario de la rebelión popular que estalló en esa fecha del 2018, cuando miles de nicaragüenses salieron a las calles a protestar contra la dictadura, en demanda de libertad y democracia. Esas protestas fueron reprimidas a balazos por órdenes de los dictadores Ortega y Murillo, una acción que y dejó un saldo de más de 300 asesinatos y centenares de heridos.
El comunicado del Mitrab especifica que el jueves 14 y viernes 15 de abril “no se computarán a cuenta de vacaciones por ser días feriados nacionales con derecho a descanso y salario” para todos los trabajadores del país, de conformidad con el artículo 66 del Código del Trabajo.
Asimismo, indican que, en el caso de los trabajadores y empleadores del sector privado “deberán ajustarse a la costumbre o lo acordado entre las partes”.
De esa disposición gubernamental exceptúan los trabajos “que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen” según lo establecido en el artículo 69 del de la ley laboral.
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El régimen Ortega-Murillo ya ha hecho costumbre entre los empleados estatales utilizar cualquier celebración para mandarlos de vacaciones aunque esos días no estén establecidos en la Ley como feriados.
La Ley 185 o Código del Trabajo en su artículo 66 sólo establece 9 días feriados nacionales con goce de salario, a saber: primero de enero por año nuevo; jueves y viernes santo; primero de mayo por el Dia Internacional de los trabajadores; 19 de julio, día del derrocamiento de la dictadura somocista; 14 y 15 de septiembre por el día de la independencia y la batalla de San Jacinto respectivamente; 8 de diciembre por el día de la Purísima y 25 de diciembre por el día de la navidad.