Policía justifica asesinato de joven como "legítima defensa"


- julio 17, 2019
- 05:50 AM
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La policía asegura que el joven asesinado y los dos heridos por agentes policiales en la ciudad de Léon eran delincuentes peligrosos, y que la patrulla daba cumplimiento a una orden de captura a las cinco de la mañana, cuando el Código Procesal Penal manda hacer ese tipo de diligencias entre las 6 de la mañana y 6 de la tarde.
Seis horas después de la denuncia sobre el asesinato del joven Bryan Murillo López dentro de su vivienda en la ciudad de León, a manos de oficiales de la Policía, la institución emitió una nota en la que justifica la acción como “legítima defensa”, asegurando que el muchacho de 24 años y Javier Feliciano Cortés Castillo y Kenner Javier Murillo López son delincuentes peligrosos que atentaron contra los agentes.
La Policía, ubica el hecho a las 5:20 a.m en el reparto Guadalupe, donde los hermanos Murillo López junto a Javier Feliciano Cortés Castillo “al percatarse de la presencia policial, se armaron de machetes y se abalanzaron contra los integrantes de la patrulla”.
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“Ante el inminente peligro de sus vidas, en legítima defensa, haciendo uso de su arma de reglamento, un miembro de la patrulla policial respondió a la agresión, resultando fallecido el delincuente Bryan Geraldine Murillo López y con lesiones Javier y Kenner a quienes se les ocuparon tres machetes”, dice textualmente la comunicación oficial.
La policía dice que en el enfrentamiento resultó lesionado en el brazo izquierdo el teniente Álvaro José Pichardo Salazar.
FAMILIA: FUE ATAQUE
La familia de las víctimas sostiene que los policías ingresaron de forma violenta a la vivienda y abrieron fuego sin mediar palabras y sin presentar orden judicial para ejecutar esa acción.
La policía asegura que la patrulla a las 5:20 de la mañana daba cumplimiento a la orden judicial para apresar a Bryan Yeraldine Murillo López, “prófugo por delito de peligrosidad, robo con intimidación y robo con violencia”.
No obstante, en el artículo 217 del Código Procesal Penal mandata que "la diligencia de allanamiento deberá practicarse entre las seis de la mañana y las seis de la tarde".
La norma indica abre la posibilidad de actuar en horario extraordinario "cuando el morador o su representante consienta o en los casos sumamente graves y urgentes, en los que los jueces resolverán en un plazo máximo de una hora las solicitudes planteadas por el fiscal o el jefe de la unidad policial a cargo de la investigación".
También la Ley manda que la diligencia de allanamiento debe ser lo menos invasiva y se debe levantar un acta en el que se deje constancia de lo actuado.
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La Policía se refiere a las víctimas del ataque como delincuentes que registran "antecedentes por robo con intimidación, violencia, amenazas de muerte y violación de domicilio”, pero no indica que se trate de un caso extraordinario como para efectuar ese tipo de diligencias fuera del horario que establece el Código Procesal Penal.
El mismo documento, la institución policial expone que la investigación por la que la justicia requería a los tres hombres todavía está en curso. “Investigadores policiales y peritos de criminalística continúan las diligencias investigativas pertinentes a fin de remitir a los delincuentes ante las autoridades competentes para su enjuiciamiento”, se lee.
Foto Portada: Bismark Lebron