Estudiantes no deben ser obligados a pagar aranceles en las nuevas universidades estatales, dicen expertos

El artículo 3. de la Ley 89, (Ley de Autonomía Universitaria) establece que “el acceso a las Instituciones de Educación Superior (estatales) es libre y gratuito para todos los Nicaragüenses”.

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  • febrero 08, 2022
  • 04:37 AM

Los estudiantes nicaragüenses que decidan continuar sus estudios superiores en cualquiera de las tres nuevas universidades creadas por el régimen de Daniel Ortega, en sustitución de las universidades privadas ilegalizadas, deben quedar exentos del pago de aranceles, de lo contrario estarían siendo “víctimas de discriminación” por parte del Estado, aseguran expertos en educación superior.

Consultados por DESPACHO 505, el exrector universitario y expresidente del Consejo Nacional de Universidades (CNU) Ernesto Medina y Adrián Meza, rector de la ilegalizada Universidad Pablo Freire (UPF), coinciden en que la creación de las tres nuevas universidades es ilegal y que el cobro de aranceles en esas instituciones, anunciado por el CNU, es también contra la norma.

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, a través de sus diputados en la Asamblea Nacional canceló el pasado 2 de febrero la personería jurídica de la Universidad Politécnica de Nicaragua (Upoli), la Universidad Católica Agropecuaria del Trópico Seco (Ucatse), Universidad Popular de Nicaragua (Uponic), Universidad Nicaraguense de Estudios Humanísticos (UNEH) y Universidad Paulo Freire (UPF).

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Acto seguido, el 7 de febrero, los mismos diputados orteguistas junto a las bancadas colaboracionistas, con 90 votos a favor aprobaron la creación de tres nuevas instituciones públicas: Universidad Nacional Politécnica (UNP), a la que le cedieron el patrimonio de la Upoli; la Universidad Francisco Luis Espinoza Pineda, que absorbe a la Ucatse, y la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés, a la que adjudicaron bienes y matrícula de la UPF, Uhispam (ilegalizada el 13 de diciembre), la UNEH, Uponic y la Paulo Freire.

Para el catedrático Medina, la creación por ley de las nuevas universidades no puede ser legal porque, en principio, no se siguió el procedimiento establecido para ello. No se presentó el proyecto, los estatutos y reglamento, sus juntas directivas, planes de estudios, carreras, patrimonio, edificios. Nada de eso se hizo tal como lo establecen los artículos 36, 37 y 38 del reglamento del CNU.

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Agrega que, aunque al final el régimen hace lo que quiere, el nacimiento de esas nuevas instituciones universitarias no está de acuerdo con la ley por tanto “la legalidad es cuestionada”. Además, según el expresidente del CNU, es más ilegal aún la adjudicación del patrimonio de las universidades canceladas.

“Toda asociación sin fines de lucro, que es el tratamiento que se le está dando a las universidades, tienen en sus estatutos contemplado lo que debe hacer con sus bienes en caso de disolución, en ningún caso debe estar contemplado entregarlos al Estado. Se hizo una expropiación, una confiscación que está prohibida por el artículo 44 de la Constitución Política y esa es otra razón para declarar que esas instituciones creadas son ilegales”, enfatizó Medina.

ESTUDIANTES QUE PAGUEN SERÍAN VÍCTIMA DE DISCRIMINACIÓN

En cuanto al tema de pago de aranceles en las nuevas universidades creadas por la dictadura, Medina advierte que el régimen está creando dos tipos de estudiantes: Los que no pagan nada y otra categoría a la que se le va a cobrar aranceles “reducidos”, tal como lo anunció el CNU.

“¿Quién establecerá estos aranceles? ¿En base a qué? Lo justo y lo que deberían hacer los estudiantes de esas nuevas universidades es no pagar ni un solo centavos. Si el Gobierno las convierte en estatales no deben pagar absolutamente nada”, remarca.

El académico destaca que “aquí hay una situación legal nebulosa. El Gobierno sostiene que la educación es gratuita así que deben ser consecuentes con lo que dice y no cobrar nada, de lo contrario, los estudiantes que sean obligados a pagar, estarían siendo víctima de discriminación por parte del estado”.

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El artículo 3. de la Ley 89, (Ley de Autonomía Universitaria) establece que “el acceso a las Instituciones de Educación Superior (estatales) es libre y gratuito para todos los Nicaragüenses”. Además en otro párrafo del mismo artículo dice que los estudiantes no podrán ser discriminados “por razones de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, religión, opinión, origen, posición económica o condición social”.

Por su parte, el rector de la UPF afirma que al cobrar aranceles a los estudiantes que proceden de las universidades canceladas el régimen está creando una condición discriminatoria que está prohibida por el artículo 27 de la Constitución Política que proclama la igualdad ante la Ley. 

“Si un estudiante que viene de la UPF decide quedarse en la nueva Ricardo Morales Avilés, ¿por qué tendría que pagar aranceles si al igual que un estudiantes de la UNAN, es estudiante de una universidad pública?”, cuestiona.

NUEVAS UNIVERSIDADES NACIERON “TORCIDAS”

Meza, afirma que las nuevas instituciones universitarias son ilegales desde su nacimiento debido a que la cancelación de las universidades sobre las que fueron creadas es ilegal y “todo lo que sigue es también ilegal porque en derecho lo que nace torcido no se endereza con cualquier ficción jurídica”.

El rector de la UPF coincide con Medina en cuanto a que la creación de un nueva universidad implica un procedimiento establecido en las normativas del CNU y no se cumplieron. “¿Cómo puede la Asamblea Nacional crear nuevas universidades sacándolas de la manga de la camisa? No hay ni el más mínimo reparo a la legalidad”, denuncia. 

Agregó que lo que ha ocurrido con las universidades privadas es “una confiscación que no guarda las apariencias. No es siquiera amañada, es una confiscación a la luz del día, con toda la claridad de ser un acto político manifiesto. Una confiscación clara, abierta y confesa”, definió.

El artículo 125. de la Constitución Política estipula que “las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior gozan de autonomía académica, financiera, orgánica y administrativa”.

Además, establece que “sus bienes y rentas no podrán ser objeto de intervención, expropiación ni embargo, excepto cuando la obligación que se haga valer tenga su origen en contratos civiles, mercantiles o laborales”.

Para los expertos, con la cancelación de universidades y la creación de nuevas, usurpando el patrimonio de las ilegalizadas, el régimen Ortega-Murillo ha pasado, sin reparo alguno, sobre la Constitución Política de Nicaragua e hizo añicos la Ley de Autonomía Universitaria.

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