Patrimonio del FSLN solo se puede explicar desde la corrupción, y debería perder su personería jurídica, dicen analistas

Solo en reembolsos de campaña, en siete procesos electorales, el FSLN de Daniel Ortega se ha embolsado 50.4 millones de dólares.

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  • marzo 10, 2022
  • 12:10 AM

El patrimonio económico que el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), publicó esta semana a través de sus estados financieros los cuales ascienden a 2.2 millones de dólares, no es transparente, aseguran analistas financieros y políticos.

El economista Enrique Sáenz y el politólogo Luciano García consideran que la rendición de cuentas del FSLN ocultan el flujo de recursos económicos obtenido por ese partido y solo puede ser explicado desde la corrupción.

Los expertos sostienen que existen suficientes razones para que el FSLN pierda su personería jurídica por lavado de dinero, ya que lo declarado no se corresponde con los recursos públicos obtenidos en concepto de desembolso electoral.

El gobernante FSLN informó en su estado financiero que solo en el 2021 obtuvieron en conceptos ingresos más de 370 millones de córdobas (U$10.5 millones) y que su patrimonio es de 77 millones 800 mil córdobas (U$2.2 millones).

Solo en reembolsos de campaña, en siete procesos electorales desde el 2007, el partido administrado por Daniel Ortega y Rosario Murillo, ha recibido al menos 1,800 millones de córdobas (unos U$50.4 millones).

CORRUPCIÓN ESTADO-PARTIDO

En el 2007, según investigaciones periodísticas, el FSLN sólo obtenía ingresos de 34.1 millones de córdobas (U$956 mil, al cambio actual). Tras la llegada al poder de Daniel Ortega ese año, el partido sandinista empezó a aumentar sus ingresos.

Sáenz explica que sólo puede ser resultado del traspaso de fondos públicos a las arcas de ese partido, porque el FSLN no es una empresa que genere utilidades para aumentar su patrimonio de esa forma.

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Por su parte, García explica que el régimen de Daniel Ortega “asalta” las arcas del estado a través de una red de funcionarios corruptos que traspasan fondos de las instituciones hacia las cuentas del partido de gobierno.

Eso se evidencia, según García, el rápido crecimiento de los ingresos partidarios tras el regreso de Ortega al poder.

FSLN VIOLA LEY ELECTORAL

Los analistas consultados señalan que la Ley 331, Ley Electoral que regula a los partidos políticos, establece los mecanismos para que el FSLN pierda su personería jurídica.

El artículo 63 de la Ley Electoral, numeral 3, establece que los partidos políticos deben ser “transparentes y probos en la administración de su patrimonio económico”.

Luego, el artículo 72 de la misma Ley señala que “El Consejo Supremo Electoral, de oficio, o a solicitud del Fiscal General de la Nación o de otros partidos políticos, podrá cancelar o suspender la personalidad jurídica a los partidos políticos por el incumplimiento comprobado de los deberes establecidos en la Ley.

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Asimismo, el artículo 73 dice que una de las causales para cancelar la personería jurídica a un partido político es la violación del numeral 3, sobre faltar a la probidad y transparencia. Y el artículo 74 recalca que es causal también de cancelación la violación a las disposiciones que sobre el origen y uso del financiamiento se establecen en esta Ley.

Sáenz señala que el FSLN oculta el origen de sus ingresos.

QUIÉNES SON SUS DONANTES

El economista sostiene que los partidos políticos están obligados por la Ley a revelar de dónde o de quiénes reciben el dinero por cualquier concepto. 

Los analistas explican que el artículo 104 de la Ley electoral deja claro que los aportes privados directos deberán depositarse en cuentas especiales abiertas en bancos del Estado, si los hubiere, si no en Instituciones del Sistema Financiero Nacional.

Además, la documentación de las contribuciones privadas directas a los partidos políticos o alianzas de partidos debe ser de conocimiento público, y la documentación debe estar a disposición de la Contraloría General de la República.

“Los partidos políticos o alianzas de partidos no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente: Contribuciones privadas anónimas, salvo las colectas populares. Aportes provenientes de Entidades Autónomas o Descentralizadas, Nacionales, Regionales, Departamentales o Municipales”, dice la Ley 331.

Todo lo dispuesto por el ordenamiento jurídico referido a los partidos políticos y sus finanzas es violado por el FSLN, concluyen los analistas.

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